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Fallos: 306:420 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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atento la designación de dos nuevos integrantes del referido tribunal, deberá remitirseles las actuaciones a fin de que se proceda a integrar Sala con ellos, recomendando que en lo sucesivo se traten de obviar demoras en la resolución definitiva de la incidencia planteada, a fin de evitar la posible configuración de un supuesto de privación de justicia (').

IGNACIO ELIO VANDERKBECKEN y Otro JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia federal, Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus entidades antárquicas.

Corresponde a la justicia federal entender en la causa en la que se investiga la conexión clandestina de un aparato de teléfono —que los imputados utilizaron para comunicaciones internacionales— a los cables de líneas asigna das a dos abonados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Ello así, pues las particularidades de los hechos permiten presumir que han afectado ¿l buen servicio de dicha empresa en los términos del art. 39, inc. 39, de la ley 48. Esta circunstancia hace irrelevante la comprobación de la existencia o inexistencia de perjuicio a las rentas de la Nación para decidir sobre la competencia (3).


CARLOS ALBERTO CANO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.

H Cuestiones penales, Prevención en la causa, Si la averiguación practicada no resulta suficiente para fundar una declaración de incompetencia, debe seguir conociendo el juzz que previno en la querella promovida en relación a un cheque que resultó rechazado por cuenta cerrada, Ello así, si la orden de pago, que posee en el anverso fecha de libranza anterior al cierre de la cuenta corriente, ostenta sin embargo en el reverso una enmienda con una fecha posterior al mencionado cierre de cuenta, no habiéndose expedido el perito caligrafo, ni oídos el titular de la cuenta y el endosante del cheque, elementos indispensables para encuadrar el caso en determinado ilícito penal.

0) 19 de mayo.

2) 15 de muyo. Fallos: 300:456 ,

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:420 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-420

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