327 a 335, 2128. 188:1752 , 1764, 1770.
392:633 . | 189:1752 , 1764, 1770, 1771.
402:1462 . 1463, 1465, 1466, 1467. | 379, imc. 19:263 , 264.
445 bis: 308, 320, 656. 658, 659, | 444:1689 , 1690, 1692.
685, 2118. | 519:195 , 196, 199.
468:919 . | 5812 126, 564, 565, 1537.
469:919 . 551, inc. 3:559 , 561.
502:223 , 224, 225, 226, 227, 229, | 556: S6I.
233, 237, 239, 240, 695, 892, | 699:2155 .
893, 896, 897, 899, 901, 903, 905, 911, 913, 915, 919, 920, 2118, 2121, 2151, 2168. Código Electoral Nacional 504:695 , 2118. 2121, 2151, 216. | —— — ——— 515, imc. 5 631, 634, 635.
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:2597
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