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Fallos: 306:2430 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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19.279 (Automotores): 1201, 19.503 (Derechos de exportación): p. 2092.

19.597 (Azúcar): ps. 1196, 2001.

20.524 (Ministerios): p. 1115.

20.565 (Jubilaciones y pensiones - Prescindibilidad): p. 1791.

20.572 (Jubilación de personas que hubieran ejercido cargos electivos en los poderes de la Nación): p. 1115.

21.274 (Prescindibilidad): p. 1670.

21.369 (Actualización de créditos fiscales): p. 1965.

21.657 (Vinos): p. 1325.

21.859 (Tasas judiciales): p. 282.

21.898 (Actualización de créditos y deudas fiscales): p. 1965.

22.169 (Comisión Nacional de Valores): p. 1740.

22.315 (Ley Orgánica de la Inspección Judicial de Justicia): p. 1740.

22.415 (Código Aduanero): ps. 796. 866, 1650.

22499 (Lisiados - Franquicias para facilitar la adquisición de automotores):

p. 1201.


DECRETOS - LEYES
333/58 (Ley Orgánica de la Policía Federal): ps. 1312, 1801.

$.167/58 (Préstamos personales con garantía real): p. 1638.

DECRETOS
3.696/60 (Impuesto a las ventas sobre exportación): p. 773.

343/81 (Salario mínimo, vital y móvil): p. 1311.

64. Dado el carácter federal de la norma, procede el recurso extraordinario interpuesto a los fines de determinar el alcance que debe atribuirse a los térmiPos "premio" y "bonificación" utilizados en la ley 17.088: p. 1597.

Leyes federales de carácter procesal 65. Si bien en el caso las normas implicadas revisten carácter federal —arts.

314 bis y 402 del Código de Justicia Militar—, la materia a que ellas se refieren es de índole procesal y, por ende, propia de los jueces de la causa y ajena a la iastancia extraordinaria: p. 1462.

66. Debe rechazarse el agravio relativo a la admisibilidad formal del recurso de apelación que articuló la comisión transitoria de la asociación gremial con apoyo en el art. 62 de la ley 22.105, por tratarse de una cuestión procesal ajena, como regla, al recurso extraordinario a pesar de estar vinculada al tratamiento de cuestiones regidas por leyes federales: p. 1626.

Interpretación de los tratados 67. Procede el recurso extraordinario si la materia del pronunciamiento apelado se halla vinculada con el alcance de determinadas cláusulas contenidas en un tratado internacional: p. 1312.

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:2430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-2430

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