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Fallos: 306:1941 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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la ley ni privado de lo que ella no prohíbe" ("La Constitución Argentina y sus Principios de Etica Política", Rosario, 1944, púgs. 127/128).

| Ahora bien, el art. 19 no es sino una versión —peculiarmente argentina, pues se debe a la pluma del primer rector de la Universidad de Buenos Aires, el Presbítero Antonio Sáenz (v. Sampay, op. cit. págs.

12 y sigtes.)— del art. 59 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Versión que presenta una notoria pátina escolástica debida al pensamiento de su autor.

La base de tal norma es la base misma de la libertad moderna, 0, sea, la autonomía de la conciencia y la voluntad personal, la convicción según la cual es exigencia elemental de la ética que los actos dignos de mérito se realicen fundados en la libre, incoacta creencia del sujeto en los valores que lo determinan.

Esta idea, caput et fundamentum de la democracia constitucional, es el fruto sazonado de la evolución del cristianismo, y ha sido solemnemente proclamado por el Concilio Vaticano II con las siguientes palabras: "...la verdadera dignidad del hombre requiere, que él actúe según su conciencia y libre elección, es decir, movido y guiado por una convicción personal e interna, y no por un ciego impulso interior u obligado por mera coacción exterior..." (Constitución Pastoral Gaudium et Spes, Parte L, Capítulo 1, N' 17, Colección de Encíclicas y Documentos Pontificios, 7? Edición, Tomo II, Madrid, 1967).

Dicha convicción convoca a las esencias del personalismo cristiano y del judío, y a las de las otras concepciones humanistas y respetuosas de la libertad con vigencia entre nosotros.

En el siglo pasado, Cooley acuñó la expresión —que sc ha tornado clásica con referencia al derecho de privacidad— según la cual él es el "derecho a ser dejado a solas" y, sin duda, la incolumidad del principio de determinación autónoma de la conciencia requiere que la persona sea dejada a solas por el Estado —no por la religión ni por la filosofía— cuando toma las decisiones relacionadas con las dimensiones fundamentales de la vida.

La intromisión estatal con repercusión en dichas dimensiones sólo podrá justificarse sobre la base de ponderadísimos juicios que sean ca

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1941 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1941

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