r 1682 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Opino, en consecuencia, que corresponde dirimir el conflicto en favor de la competencia del señor Juez Federal de Jujuy para entender de la causa. Buenos Aires, 20 de agosto de 1984. Juan Octavio Gauna.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 20 de noviembre de 1984.
Autos y Vistos; Considerando:
19) Que el titular del Juzgado de Instrucción en lo Penal N° 4 de la Provincia de Jujuy se consideró competente para entender en los sucesos investigados en autos, acaecidos en ocasión en que Carlos Roberto Voigt, subinspector de la Delegación de la Policía Federal de esa provincia, intentó aprehender a Rafaci Alberto Chaher, quien al resistirse —luego de diversas incidencias— resultó herido en su pie izquierdo por un disparo.
29) Que, simultáneamente, por los mismos hechos, se iniciaron con intervención del Juez Federal del lugar, sendos procesos en los que se imputa a Voigt los delitos de abuso de armas y lesiones (Causa 255/84) y a Chaher los de atentado y resistencia a la autoridad y desacato (Causa N9 252/84); razón por la cual dicho magistrado solicitó al juez provincial que se inhibiera de proseguir en el conocimiento de la causa que tramita ante sus estrados, el que al no aceptar su apartamiento dio origen a la presente contienda positiva de competencia que corresponde a esta Corte decidir.
3') Que, habida cuenta de la calidad de agente federal de Voigt y de la relación existente entre los hechos ilícitos investigados y el cjerticio propio de las funciones, resulta evidente que los delitos presunta — mente cometidos son de aquellos que corrompen el buen servicio de los empleados de la Nación, en los términos del art. 39, inc. 39, de la ley 48 (Fallos: 300:794 y 1243 y, recientemente, Comp. N° 91, "Picos, Francisco y otros s/privación ilegítima de la libertad", resuelta el 11 de septiembre ppdo.), cuyo juzgamiento compete a la jurisdicción federal.
49) Que a tal solución no empece el sobreseimiento dictado por el señor Juez de Instrucción de Jujuy, a fs. 219, respecto de Rafael Al
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1682
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