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Fallos: 306:1175 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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Todo lo cual dispusieron y mandaron, or¿:nando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. GENARO R. Carrió — José SEVERO CABALLERO — CARLOS S. Y iYT — AuGusto César BELLUSCIO — Enmaque SANTIAGO PETRACCHI. Eduardo D. Craviotto (Secretario).

CORTE SUPREMA.

REGLAMENTO PARA LA PROMOCION DEL PERSONAL
— N° 68 bis — En la ciudad de Buenos Aires, al ler, día del mes de noviembre del año 1984, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, cl señor President: de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro R. Carrió, y los señores Ministros doctores don José Severo Caballero, don Carlos S. Fayt, don Augusto César Belluscio y don Enrique Santiago Petracchi.

Consideraron:

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 del decreto-ley 1.285/58, corresponde a este Tribunal acordar un escalafón que asegure la estabilidad y el ascenso en la carrera, atendiendo a los títulos y eficiencia de los empleados debidamente calificada y a su antigiiedad.

Resolvieron:

Aprobar el Reglamento para la Promoción del Personal que depende directamente de este Tribunal y no tenga escalafón propio, que forma parte integrante de esta Acordada.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. GENARO R. CArr1Ó — José
SEVERO CABALLERO — CARLOS S. FAYr — AuGusto CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI. Eduardo D. Craviotto (Secretario).

REGLAMENTO DE CALIFICACION DEL PERSONAL -

DE LAS OFICINAS DE LA CORTE SUPREMA
Art. 1": El personal de las Oficinas de la Corte Suprema será calificado por el Jefe de la dependencia respectiva; el que presta servicios en las Secretarías lo será por los señores Secretarios de la Corte.

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1175 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1175

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