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Fallos: 305:2074 de la CSJN Argentina - Año: 1983

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Improcedencia del recurso.

El apartamiento de precedentes de un mismo tribunal o el cambio de jurisprudencia no autorizan la vía del recurso extraordinario si, como en ¿l caso, se justificó la modificación del criterio adoptado, sin que haya evidencia de que la Sala discriminara arbitrariamente sobre las costas, ya que no configura una hipótesis de esa naturaleza la variación de doctrina con los alcances expuestos (').


EDUARDO MANUEL -GIMENEZ v. PROVINCIA be BUENOS AIRES

JUBILACION Y PENSION.
La inteligencia asignada por el a quo a las normas del sistema de "eciprocidad jubilatoria que señalan los requisitos para determinar la caja otorgante del beneficio cuando el interesado prestó servicios en regímenes nacionales y provinciales, en tanto lo condujo a afirmar que debía prevalece


PIÑEYRO y Cía. ELEMEC S.C. v. AGUA Y ENERGIA ELECTRICA

SOC. DeL ESTADO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales. Exelusión de las cuestiones de hecho. Varias.

Es improcedente el recurso extraordinario deducido por Agua y Energía Eléctrica contra la sentencia que hizo lugar a la demanda por cobro de diferencias en la liquidación de certificados de variación de costos financieros, por no ajustarse a las actas de renegociación suscriptas por las partes en relación al contrato de obra pública que las vinculara. Ello así, pues aun cuando el agravic —referido a que los decretos 3.772/64 y 2.875/75 autorizaban a las comisiones liquidadoras en determinados casos, a establecer Jas ') Fallos: 301:970 ; 302:1491 .

12) 29 de noviembre.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:2074 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-2074

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