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Fallos: 305:1366 de la CSJN Argentina - Año: 1983

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dente de ejecución de sentencia que había declarado disuelta la sociedad que integraba el actor y la actuación de los árbitros en cuanto éstos no habrían concretado la participación sobre los bienes sociales a los que el accionante se cree con derecho. Ello así, pues la intervención asumida en tal trámite por el recurrente comporta el sometimiento voluntario a sus decisiones y excluye otros remedios que no sean los que prevé el art. 516 del Código Procesal Civil y Comercial .


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de septiembre de 1983.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en h causa Chevallier Boute!l. Francisco A. M. c/Chevallier Boutell, Carlos A. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19) Que el recurso extraordinario cuya denegatoria da lugar a la queja en examen se interpuso contra la decisión que no hizo lugar a la demanda de nulidad y declaró válido el laudo de amigables componedores, dictado en cl incidente de ejecución de la sentencia que había declarado disuelta la sociedad que integraba el actor e impuesto a sus miembros la obligación de rendir cuentas de su gestión mediante cl procedimiento especial del art. 516 del Código Procesal Civil y Comercial .

29) Que cl a quo estimó que no mediaba en el caso ninguna de las causales que autorizan a impugnar el laudo en los términos del art. 771 del mismo código, pues se había pronunciado dentro del pla79 y los amigables componedores habían ajustado su cometido estrictamente a los puntos comprometidos de acuerdo a lo que oportunamente fuera dispuesto con carácter firme en la alzada.

3) Que lo decidido son cuestiones de hecho, de derecho zomús y procesal, propias de los jueces de la causa y ajenas, como regla, a Ju

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1366 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-1366

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