Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 305:1009 de la CSJN Argentina - Año: 1983

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1009
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de agosto de 1983, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Sciammarella, Alfredo Máximo c/Poder Ejecutivo", para deci dir sobre su procedencia.

Considerando:

Que por los fundamentos del dictamen del Señor Procurador Fiscal, que esta Corte comparte en lo sustancial y hace suyos en homenaje a la brevedad, corresponde desestimar esta presentación directa.

Por ello, se rechaza la queja.

ApoLro R. GABRIELLI — ABELARDO F. Rossi — EnÍas P. GUASTAvino — Césan Braczr.


RUPERTO RINCON v. VENTURINO OBREROS y EMPLEADOS
ASOCIADOS S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

E' Tribunal del Trabajo de Trenque Lauquen, que hizo lugar a la demanda indemnizatoria, es en el caso, el superior tribunal de la causa, por lo que el recurso extraordinario ha sido bien interpuesto contra el pronunciamiento por él dictado (1) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos locales en general.

Lo atinente a las facultades de los tribunales provinciales, al alcance de su jurisdicción y a la forma en que ejercen su ministerio, todo ello reglado por las constituciones y leyes locales, no es materia revisable en la ins1) 2 de agosto. Fallos: 304:1468 .

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

105

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1009 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-1009

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 305 Volumen: 1 en el número: 1009 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos