circunstancia de que el a quo haya sostenido que la caducidad de la acción se distinguía de la prescripción en cuanto podía "ser declarada de oficio" (1).
ELSA BEATRIZ OTTAVIANO y OTROs v. LUIS GUREVICH SA.C.LI, Y A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones Aelemle simpte nterpetación de des Jeyer Andemales Leyes de «aitor Jedera v kh El art. 5° de la ley 21.307, que dispone que "los incrementos de carácter general de las remuneraciones del personal de los sectores público y privado solamente podrán ser dispuestos por decreto del Poder Ejecutivo Nacional con intervención de los Ministerios de Trabajo y Economía", es de aquellas normas que cuadra calificar como ambivalentes, en el sentido que cabe considerarlas como de naturaleza federal o común, según se proyecten, respectivamente, sobre el sector público o el privado.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas y actos comunes, En el caso, que versa sobre reclamaciones salariales originadas en el sector privado —y no en el público— la ley 21.307 debe considerarse de carácter común.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones mo federales.
Interpretación de normas y actos comunes, La determinación de las normas de derecho no tederal que deben regir el pleito y su vigencia en el tiempo es —como regla— propia de los jueces de la causa y ajena a la vía del art. 14 de la ley 48,
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:
El Tribunal del Trabajo N9 4 de Lanús, provincia de Buenos Aires, en sentencia de fs. 140/146 y en lo que aquí concierne, hizo lugar ') 29 de abril.
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:568
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