Suprema Corte:
"Hidronor, Hidroeléctrica Norpatagónica, S.A." ha promovido el presente juicio contra la Provincia del Neuquén reclamando que V. E.
declare la inconstitucionalidad de la ley N° 769 de ese estado local por la que se creó la Municipalidad de Villa del Chocón, las demás normas dictadas con base en aquella ley y, en consecuencia, se disponga, en forma definitiva, la invalidez de los actos —actualmente suspendidos por obra de la medida precautoria ratificada a fs. 76— cumplidos por la provincia en ejercicio de una jurisdicción que, según la tesis de la accionante, viola lo dispuesto en el art, 67, inc. 27, de la Ley Fundimental, Me parece oportuno aclarar que, como surge de lo que llevo expuesto, el objeto de la acción que se intenta excede el que es propio de las meramente declarativas, pues a través de ella se pretende una — condena que implique hacer cesar actos ya dispuestos y en curso de ejecución por la demandada.
En cuanto al fondo del asunto, adelanto mi parecer contrario a la tesis de la actora.
La colisión que dicha parte atribuye a los actos impugnados con lo dispuesto por el art. 67, inc. 27, de la Constitución Nacional proviene del carácter privativo y excluyente que ella asigna a la jurisdicción conferida por dicha norma al Estado Federal en los lugares que éste adquiera dentro del territorio de las provincias, Al dictaminar, el 26 de mayo de 1976, en la causa de competencia N? 379, L. XVII, "EXHORTO: Avianca - Aerolíneas Nacionales de Colombia s/incompetencia por inhibitoria", tuve ocasión de rescñar la evoIución de la jurisprudencia del Tribunal sobre los límites de la citada cláusula constitucional y expresar mi opinión contraría a la de quienes afirman el carácter absoluto de los poderes que ella otorga al Gobierno de la Nación, Tal fue la tesis que en definitiva adoptó V. E. en el fallo dictado, el 2 de noviembre de 1976, en la causa "Brizuela, Pablo César e/Cía.
Swift de La Plata s/daños y pérjuicios" en cuyo considerando 89 se afirmó que "el criterio para excluir la jurisdicción provincial debe cir cunseribirse a los casos en que su ejercicio interfiera en la satisfacción
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1466
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