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Fallos: 30:531 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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parte actora la accion de daños y perjuicios para ejercitarla en otro juicio, y al demandado la de reivindicacion, si creyere competirle; con costas.

M. de T. Pinto.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 6 de 1886 Vistos: estando acreditada la posesion anual de la demandante Doña Margarita Rams de Señorans, como el hecho de la perturbacion que sirve de base á su demanda; y por los fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja 78, se confirma esta con costas; y en consecuencia, devuélvanse los autos al juzgado de su procedencia, prévia reposicion de los sellos.


J. B. GONOSTIAGA. — ULADISLAO

FRIAS. —FEDERICO IBARGUREN,
— C. 5. DE LA TORRE.

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:531 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-531

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