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Fallos: 30:487 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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CAUSA CXXXIX
Don Mariano Machado contra don Juan E. Rivero, por indemnisacion de perjuicios ; sobre defecto legal en la demanda Sumario.—Es defectuosa la demanda por resarcimiento de daños procedentes d: falta de cumplimiento de contrato en la que no se determina la suma que se reclama ni se indican las bases para liquidarla.

Caso. — Don Mariano Machado, alegando que don Juau E, Rivero no habia enmplido un contrato de venta de aguardiente, lo demandó para que fuera condenado á la indemnizacion de los daños y perjuicios que su falta de cumplimiento le habia causado.

Opuesta la escepcion de defecto legal en el modo de proponer la demanda, se dictó el Fallo del Juez Federa Salta, Mayo 8 de 188.

Vista la escepcion deducida de «defecto legal en el modo de

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:487 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-487

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