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Fallos: 30:486 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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CAUSA CXXXVIII
D. Joaquín Lavalle contra la Provincia de Corrientes, por cobro ejecutivo de pesos Sumario.—Debe llevarse adelante la ejecucion contra la que no se opone escepcion.

Caso.—En el juicio ejecutivo, que por la suma de 10.325 fts.

80 cs., intereses desde Marzo y Agosto de 1881 y costas, Don Joaquin Lavalle siguió contra la Provincia de Corrientes, acompañando letras protestadas por dicha suma, no habiéndose opuesto escepcion, se dictó el Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 14 de 1886.

Vistos: No habiéndose opuesto escepcion alguna dentro del término legal, llévese la ejecucion adelante, hasta hacerse pago al acreedor del capital, interoses y costas, Repóngase los sellos.

3. B. € ONOSTIAGA. — J. DOMINGUEZ.

— FEDERICO ¡BARGÚREN — ULADIS
LAO FRIAS. —C. S. DE LA TORRE.

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:486 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-486

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