CAUSA CXXXIV
Criminal, contra D. Estanislao Acosta y otros, por defraudación de rentas nacionales y falsedad; sobre escarcelacion.
Sumario. —No procede la escarcelacion provisoria, en los delitos cuya pena es de dos ú cuatro años de trabajos forzados, y cien á mil pesos de multa.
Caso .— En la causa criminal seguida contra el ex-guarda D.
Estanislao Acosta y otros, por defraudacion de la renta nacional y certificacion de hechos falsos, á la peticion de Acosta, sobre escarcelacion bajo fianza, se dictó el siguiente Fallo del Juez Federal Corrientes, Marzo 2 de 1886.
Y vistos: Considerando : Primero: Que si bien la ley de procedimientos en materia criminal de la Provincia, ha dado facultad al Juez para conceder la escarcelacion bajo fanza aún
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:472
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