CAUSA CITI
La Empresa del ferro-carril de Buenos Aires y Rosario, contra D. Casimiro Ferrer, por espropiacion; sobre defectos en los titulos.
Sumario. — 1 El comprador no puede negarse al pago del precio y á la escrituracion de la compra, siendo válida la venta, sinó en el caso de existir motivos fundados de reivindicacion por parte de tercero.
2 La venta es válida, cuando el vendedor ha sido reconocido por el comprador como propietario, sin haberse alegado hechos posteriores que demuestren su error, y se halla en posesion de la cosa por título de compra hecha en escritura pública.
3 En tal caso el vendedor debe tenerse como verdadero dueño á título de prescripcion cuando menos, sin que sea necesario establecer la prescripcion estraordinaria.
4 Esta no tiene que probarse cuando se alega solamente que puede ser dudosa, sin articularse de contrario hechos categóricos que justifiquen su deficiencia.
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:326
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