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Fallos: 30:269 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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demanda, el hecho de haber dejado de acompañar los documentos con que debe ser instruida.

Caso. — D. Eduardo Basavilbaso y otros diciendo ser herederos y sucesores del finado D. José Ramon Basavilbaso, propietario de la Escribanía Mayor de Gobierno, entablaron demanda contra la Provincia de Buenos Aires por indemnizacion de perjuicios procedentes de la entrega que el Gobierno de ella pretendia hacer de parte de su archivo al Gobierno Nacional, pidiendo se prohibiera dicha entrega sin la prévia indemuizacion, El asesor de Gobierno de la Provincia opuso las escepciones dilatorias de falta de personería y defecto en la demanda, segun lo esplica y resuelve el Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, 29 de Julio de 1886.

Vistos estos autos en lo relativo al incidente sobre falta de personería y defecto legal en el modo de proponer la demanda promovido y fundado por el representante del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en las circunstancias de no haberse acompañado por los demandantes el título que acredite la calidad de herederos que se atribuyen, de Don José Ramon, Don Juan José y Don Rufino Basavilbaso, cuyos derechos gestionan en estos autos; y de no haber presentado además los documentos que acrediten el derecho de propiedad de estos á la Escribanía Mayor de Gobierno en que fundan la accion.

Y considerando:

Que refiriéndose en rigor la primera de estas excepciones mas que ú la personería de los demandantes al título con que

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:269 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-269

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