Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 30:268 de la CSJN Argentina - Año: 1886

Anterior ... | Siguiente ...

cia de Entre Rios de la demanda interpuesta contra él por el citado Rodriguez, con costas. Notifíquese con el original, y, repuestos los sellos, archívese.

4. B. GOROSTIAGA. — 3. DOMINGUEZ.

— ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO

IBARGÚREN.
—et

CAUSA XCI
D. Eduardo Basavilbaso y demas herederos de D. José Ramon Basavilbaso contra la Provincia de Buenos Aires, por daños y perjuicios; sobre escepcion de personería y defecto en la demanda.

Sumario. — 1" La falta de comprobantes de la calidad de herederos que invocan los actores, no constituye una escepcion dilatoria de falta de personería, sinó perentoria de falta de accion.

2° No importa un defecto legal en el modo de proponer la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

67

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1886, CSJN Fallos: 30:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-268

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 30 en el número: 268 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos