llands» el mismo diccionario espresa en la página 557 «Hollands» «Gin Made in Holland »; ó sea en nuestro idioma « ginebra fabricada en Holanda ». Puede verse tambien el diccionario inglés y español de Neumann, Baretti, corregido y mejorado por S. H. Blanc en el tomo 2" páginas 186 y 210 relativamente á la espresiones « Geneva y Holland». Traducidos pues, los dos términos que constituyen la espresion « Real Hollands» se vé que esta significa « verdadera ginebra de Holanda », espresion que tendiendo ú establer la naturaleza del producto no puede constituir una marca de fábrica 6 de comercio. Así el artículo 3" de ley de la materia, dice: no se consideran como marca de fábrica ó de comercio: 4° Los términos ó locuciones que hayan pasado al uso general ; 5° Las designaciones usualmente empleadas para indicar la naturaleza de los productos ú la clase á que pertenece.
Por estos fundamentos, fallo: no haciendo lugar con costas, á la demanda entablada por los señores William Paats y Compañía contra los señores Moore y Tudor, y declaro, en consecuencia, que pueden usar libremente de las marcas que respectivamente han fegistrado en la Oficina Nacional de Patentes de Invencion.
Hágase saber, notificindose con el original y repóngase los sellos.
Andrés Ugarriza.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 22 de 1885.
Vistos: Considerando que la marca /ieal Hollands, tal como aparece descripta á foja veinte y ocho, y estampada á foja treinta y seis del espediente agregado, fué concedida á William
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:263
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-263
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