mision del juez es aplicar la lejislacion existente, y no establecerla, lo que corresponde solo al poder lejislativo.
Por estos fundamentos y los concordantes de la vista del Procurador General, soy de op: nion que debe decidirse esta causa en los términos que él propone.
ULADISLAO FRIAS.
A
CAUSA LXIX
Don Pedro Cánepa, por su esposa D' Vicenta Villar, contra D. Macedonio Benites, por cobro de pesos; sobre pago de costas.
Sumario. — Reconociéndose por el demandado la insuficiencia de la consignacion, son de su cargo las costas del juicio.
Caso. — Se refiere en el T. X5l 10
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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:137
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