quebranto, que las contenidas en ocho partidas signadas con una cruz y que todas ellas componen 80 pesos 2 reales, debiendo advertir que las 39 cuadras de terreno que llevan el precio de 48 pesos una bajan del inventario 49 pesos en todas, y las demas especies, excepto la huerta de árboles y animales de toda especie llevan un quebranto de 45 0/0 de su tazacion, de cuyos quebrantos y deduccion de los ocho artículos signados, resulta el déficit de 481 pesos 2 1/2 reales, quedando por consiguiente esta suma en 4121 pesos 3 reales. — Recibí ademas un potrero de seis cuadras y pico en 288 pesos, y 590 pesos 5 reales en dinero efectivo moneda usual y corriente, cuyas partidas todas componen los 5000 pesos que dejo espresados, los mismos que soy obligado á administrar bajo mi responsabilidad y á partir de las utilidades por el término de tres años.
2 La administracion forzosa de los tres años solo se entiende de 4000 pesos, siendo yo (Lima) obligado á entregar los 1000 pesos restantes á los cuatro meses de la fecha, que vencen el 24 de Mayo de este año ; si así no lo hiciere abonarála casa el interés, que sin pasar del 2 0/0 mensual, exigiere el acreedor, ya sea el Sr. Molina ó aquel á quien sus derechos ceda.
3? Molina es obligado á desempeñar á Lima en la parte intelectual del negocio, siempre que lo exiga, mas no en la material y mecánica.
4 Lima no podrá enagenar parte alguna de los bienes raices que le han sido entregados sin consentimiento por escrito de Molina.
5? Lima se obliga 4 entregar el capital y la mitad de las utilidades al vencimiento de este contrato y así mismo á dar balance siempre que el socio ó su apoderado lo exiga, no siendo antes de cuatro meses ó habiendo estos mediado entre el pasado y'el que se exiga.
6 Molina no podrá exigir sobre los 1000 pesos entregados á los cuatro meses parte alguna del capital hasta al vencimiento de esta contrata.
70 Ambos cuntratantes deben dar fiador mancomunado siempre
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:56
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