CAUSA CXXXVI.
Pájimas, Don Miguel Francisco Araoz, con el Gerente de la compañia Jujeña del Kerosene, sobre nulidad de una patente.
Sumario—10 Los Tribunales Nacionales deben resolver préviamente las cuestiones de competencia, aunque no se deduzcan en la forma legal, por ser inprorogable su jurisdiccion.
2 No puede ejercitarse la jurisdiccion nacional respecto de una ley provincial que se pretende ser contraria 4 la Constitucion Nacional, miéntras no se someta á su conocimiento un caso judicial originado por la ejecucion de aquella, y que da mérito para discutir su validoz..........e.e.eeeecccrorirecoocacereree. 139
CAUSA CXXXVIL.
Don Domingo Ortiz con D. José L. Pintos, sobre cobro de pesos.
Sumario—1° La confesion calificada no debe dividirse.
27 Mabiendo el deudor ofrecido pagar losréditos al pedir una suma eu préstamo, se presume que este no haya sido gratuito, y por lo tanto se deben los intereses desde el dia de la entrega, miéntras no se prueba lo contrário.. ....e...erecescarenro. 160
CAUSA CXXXVII.
José Olivari contra J. N. Paul Pott y Ca, sobre pago en monedas de curso legal.
Sumario—1o La demanda de mayor cuantia no pierde este carácter, si por el pago de una parte de la cantidad demandada verificado en el curso del juicio, se ha reducido la que sigue disputándose á un valor menor de doscientos pesos fuertes, siempre que para ello no se entable nuevo juicio.
27 El flete estipulado en chelines y pagadero en Buenes Aires, debe pagarse en la misma moneda de chelines ó su equivalente con arreglo 4 la ley sobre correspondencia de valores de las monedas en curso legal, sin descuento alguno.
3 La paga para ser legitima debe hacerse entregándose el cbjeto espresado en la obligacion, art. 919 y 926 Cód. de Com.
y ley 3, tit. 14, Part. 5o.
de La práctica de pagarse los fletes con arreglo al cambio de
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:503
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