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Fallos: 3:505 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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Pájimas, cutivo no quita al ejecutado el derecho de exigir la fianza citada, si su desistimiento ha sido hecho y aceptado bajo la espresa condicion de reservarse el derecho para promover el juicio ordiMario , .cocererocaocacaoceracareroaacare ceo rentececes 178

CXLII.
Don Ponciano Quintana, contra Don Vicente Acame, sobre reconocimiento de una cuenta.

Sumario—1° Las cuentas traen aparejada ejecucion, cuando han sido aprobadas ó reconecidas con audiencia de la partes ó suscritas por el deudor. (Art. 249, inc. 7 de la ley de procedimientos.) 2 No se puede pedir antes de entablarse la demanda el reconocimiento de cuentas no firmadas por el deudor. (Art. 55 y 56 de la ley de procedimientos.).............e..esreccocareee. 185

CAUSA CXLII.
Don Juan T. Fox, por el capitan del buque inglés «Margarita,» con el Dr. D. José A. Ocantos, sobre honorarios.

Sumario—10 La publicacion de las circunstancias del naufragio y salvamento, ordenada por el art. 1457 del Cód. de Com. debe hacerse antes de nombrar defensor 4 los efectos salvados aunque no se conozca la designacion de las marcas y númeres de aquellos.

20 Habiendo sido útil 4 los dueños de los efectos salvados la intervencion del defensor de estos deben abonársele sus honorarios. ...... 187

CAUSA CXLIV.
Don Gregorio Iturbide, contra Don Nicolás Sotomayur, por cobro ejecutivo de pesos.

Sumario—1° Un vale al portador debidamente protestado produce accion ejecutiva contra el firmante.

2 La sustraccion de dicho vale no constituye una escepcion legal contra la ejecucion del mismo.

3" Solo pedria dar lugar, en caso de resultar mérito para ello, 4 la suspension del juicio civil, hasta la decision delcriminal... 190

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:505 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-505

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