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Fallos: 3:497 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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CAUSA CXXIII.
Pájinas.

Don Benjamin Sanchez contra Don Nicolás Sotomayor, por cobro ejecutivo de pesos.

Sumario—41» Las acciones personales pueden ejercitarse ante el juez del lugar en que debe cumplirse lo obligacion del contrato 6 del domicilio del demandado.

20 Lus acciones reales pueden ejercitarse ante el juez del lugar de los bienes, ó del dominio del deudor.

30 Las acciones mistas pueden ejercitarse ó ante el juez competente para conocer de las acciones personales, ó ante el competente para conocer de las reales.

4 Una accion por deuda garantida con hipoteca sobre bienes situados en la Provincia de Mendoza, puede ejercitarse ante los Tribunales de Mendoza, aunque el dendor sea vecino del Rosario. 31

CAUSA CXXIV.
Don Miguel Vaccaro contra Don Juan José Mendez, sobre un cargamento de madera.

Sumario—1° La accion de despojo entablada por un estrangero contra un Argentino residente en Buenos Aires, en razon de haberse apoderado de articulos provenientes de la Provincia de Corrientes debe ser ejercitada ante el Juzgado de Seccion de Buenos Aires y no ante el de Corrientes.

27 El derecho de dominio sobre articulos remitidos 4 la consignacion de un comerciante, autoriza al que lo alega para demandar al consignatario la entrega de aquellos, pero no para apoderarse de los misms por autoridad propia.

3 La prohibicion de enagenar dichos artículos por estar afectos 4 responsabilidades por daños y perjuicios, aunque emane de una autoridad lejítima y se haya dictado válidamente, no autoriza al representante de dicha autoridad para apoderarse de los mismos y ménos para venderlos; y solo le da derecho para pedir un embargo judicial y evitar la enagenacion quese pro

CAUSA CXXV.
Juan T. Fox, como curador dela sucesion Wheeler, en ape34.

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:497 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-497

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