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Fallos: 3:507 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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el arroglo de la cuenta de cargos recenocidos por de.iegítimo abono, no liquida los perjuicios, sinó que deja su liquidacion para otro juicio.

30 En este caso la liquidacion debe hacerse por la via ordinaria ....eeeerrereroarrerren enecceo erre 222

CAUSA CXLIX.
Contienda de competencia entre el Juez de Comerciv y el de Seccion de Buenos Aires, sobre embargo de un buque.

Sumario—Los Tribunales de Provincia pueden en un juicio ejecutivo de su competencia mandar embargar las cosas que se preparan ó pueden servir para la navegacion ó comercio maritimo antes de ser empleados en estos objetos y hallándose dentro

CAUSA CL.
J. H. Paul Pott y Ca contra J. F. Gowland y Ca, sobre entrega de un espediente.

Sumario—El espediente obrado ante juez incompetente puede ser remitido original al juzgado á quien corresponda el conecimiento de la causa........ ....escccrerecoraarrnerereree 234

CAUSA CLI.
D. Mariano Billinghurst con los Fratelli Piaggio, sobre pago de derecho consulares de la Barca «Marinetta».

Sumario—Vendido un buque en público remate, el pago de créditos centra el buque, hecho sin autorizacion judicial, pero de buena fe y con el objeto de facilitar la consumacion de la venta, debe considerarse válido, miéntras no resulten otros créditos preferentes y que no puedan ser cubiertos cen el precio de la

CAUSA CLII.
Don Lorenzo Rebollo, con el capitan del vapor «Iron King» sobre recurse de una resolucion arbitral.

Sumario—10 En los asuntos sometidos á árbitros las facultades del juez ordinario se limitan 4 conocer de las recusaciones quo se opongan á su nombramiento ó intervencion en el juicio arbitral, y á compelerles á dictar resolucion.

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:507 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-507

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