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Fallos: 3:277 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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cer tambien de ignorancia ó error de parte del juez ; que por esta razon, y no obstante la conciencia que el juez tenia de que era incierta la causa alegada para su recusacion, sometió estaá prueba, en cuyo término el demandado no ha producido ninguna, limitándose á reiterar las presunciones ó conjeturas antes deducidas, asegurando que el hecho es de notoriedad pública y designando dos personas de entre muchas que dice ser sabedoras, pero sin pedir que se les tome declaraciones ; que citadas de oficio por el juez estas personas, han declarado que ignoran y que ni han oido decirque exista amistad entre el juez y la parte demandante : Considerando por lo que toca álos procedimientos del juez, que es inexacto que tres dias antes se mandase ejecutar una órden que tres dias despues recien se decretaba al proveerse el escrito de demanda, pues consta de autos, de la acta que se levantó al respecto, que se libró órden de detencion contra el demandado cometidaal Gefe de Policía, por haber así solicitado el demandante bajo su responsabilidad, miéntras presentaba en formasu demanda, por estar para ausentarse la persona á quien iba á demandar y no tener éstadomicilio conocido ni arraigo de ningun género ; que esta detencion, tanto como el arraigo, el juez entiende que puede decretarlos, segun los casos ocurrentes, aun sin escritura pública ú otra prueba fehaciente, desde que se tema la fuga ó ausencia del demandado sin tener domicilio conocido ni bienes de ninguna clase, y el demandante lo solicite bajo su responsabilidad, y sea abonado ; pues laley 66 de foro, concordante con el inciso 3? del artículo 55, de la nacional de procedimientos, al requerir la escritura auténtica ó por lomenos sumaria informacion de testigos para el arraigo, lo hace porque por derecho comun el juez bajo su responsabilidad debe decretarel arraigo, miéntras que porel artículo citado de la ley rfacional debe hacerse bajo la responsabilidad del solicitante, en cuyo caso no es indispensable la presencia de la prueba fehaciente, si el solicitante es abonado y el juez por otras circunstancias estima justo acceder 4 la peticion.

Que habiéndose propuesto al mismo tiempo varias escepciones por el demandado, el. juez ha debido tramitarlas á todas por

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:277 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-277

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