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Fallos: 3:23 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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10 Por el conocimiento de lás partes, etc, etc.

2" Digan si es cierto que viajaroná bordo de las goletas «Lombardía» y cNueva Rosita» fletadas para transportar carbon á la escuadra Brasilera.

30 Si es cierto que ambas goletas emprendieron juntas el viaje con el mismo destino, y continuaron asi viéndose hasta llegar al «Chimbolar».

40 Si es cierto que la eLombardía» siguió siempre su, viaje directo hasta aquel punto sin desviarse de su camino, ni atracar en ningun punto de la costa.

50 Si les consta que la «Lombardía» atracó á la escuadra con todo el carbon que podia contener su casco, sin que por el camimino desembarcase la mas mínima parte de su carga.

6? Si es cierto, que las dos goletas llegaron juntas á la escua dra; y habiendo pedido se romanease el carbon se le contestó al patron que podia descargarlo sin necesidad de romaneo, porque estaba conforme el conocimiento que habia traido.

70 Siescierto que despues de descargado en diferentes buques que le fueron designados, fueron á recoger el recibo del comisario, y este en vez Ae darles como correspondia, les firmó el recibo al dorso del conocimiento por menor cantidad que la que este espresa.

8? Si es cierto que cuandoel patron exigió el romaneo del carbon ó el recibo conforme al conocimiento, lo llenaron de insultos, y lo espulsaron de á bordo con amenazas.

9" Digan Don Luis Monteguifo y D. Manuel Brugo, si es cierto que hace tiempo que conocen al patron de la «Lombardía,» le han confiado muchas veces grandes intereses, y jamás han tenido con él la menor diferencia, 10. Digan los mismos, D. Miguel Vaccaro y demás si creen que el patron de la «Lombardía» sea capaz de sustraer la menor parte de las cargas que se le confian, ó si por el contrario garantirian su honradez seguros de no verse comprometidos.

11. De público y notorio etc. etc.

Juan Bautista Bertini declara tener 20 años de edad y no comprenderle las generales de la ley; que viajó en la «Rosita» que

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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-3/pagina-23

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