CAUSA CXLYVIIL
Entre Francisco Brie y Pedro Zuviría, sobre cobro de pesos.
Sumario :—1o La violacion de las formas y solemnidades del juicio anula el procedimiento. (Art. 233 de la ley de 14 de Setiembre de 1863 sobre procedimientos).
2 Los medios legales de defensa son de favorable interpretacion, y en la duda de si se ha concedido ó no el recurso de apelacion interpuesto debe resolverse en favor del apelante.
30 En materia civil y comercial la confesion calificada es indivisible, muy especialmente cuando la escepcion ó calificacion se halla apoyada en indicios favorables al confesante.
Caso.—Don Francisco Brie demandó 4 Don Pedro Zuviríaante el Juez Nacional de la Seccion de Buenos-Aires por la cantidad de 201 pesos fuertes, provenientes del valor del pasaje dado á los dos hermanos Zuviría, Pedro y Antonio, desde España á Montevideo, en 45 de Octubre de 1841, y de sus intereses respectivos, siendo de advertir que ambos hermanos se habian obligado de mencomiun el in solidum al pago de pasaje.
En juicio verbal espuso Zuviría que no era deudor de la cantidad que se ie cobraba por cuanto la habia abonado ya al doctor Brie, hermano del demandante, y porque aun cuando asíno fuese estaba prescripta por la deuda.
Brie replicó que si era cierto que Zuviría habia abonado ya la deuda, debia este tener el recibo que lo constatara; y que en cuanto á la escepcionde prescripcion tanto él como sus hermanos habian estado en Montevideo durante todo el sitio de aquella plaza sin poder venir á Buenos-Aires, lo cual hacia que no pueda
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:202
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