causa que cabía ponderar a fin de obtener una conclusión debidamente sustentada en las constancias de autos conducentes a la solución del punto en cuestión. Ello autoriza a descalificar el fallo en ese aspecto, conforme con la doctrina de esta Corte sobre sentencias arbitrarias, 9) Que lo expuesto no importa abrir juicio sobre el monto que corresponda fijar en definitiva en concepto de luero cesante, sino sólo exigir que la conclusión sobre el tema sea fundada adecuadamente, conforme a lo que resulta de los precedentes Considerandos.
Por cllo, vído el Señor Procurador General, se confirma el Fallo apelado en cuanto ha sido materia de recurso, con excepción de lo que decide sobre el monto del lucro cesante, aspecto en que se le deja sin efecto, debiendo volver los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto en los Considerandos 6") a 9") (art. 16, primera parte, ley 48), Avorro R. Ganmert: — ALejaxero R. Cani De — Fenenico VIDELA ESCALADA — Anerambo F. Rossi.
CIORDANO ANTONIO BIANDOLIN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.
Si bien las cuestiones de hecho, prueba y derecho común son, como principío, ajenas al recurso estraordinario, ello admite excepción cuando el apeLunte sostiene y demuestra que el tribunal de la causa, por tna equivocada Interpretación del texto legal aplicable, ha omitido tratar esas cuestiones, pese a que estaba autorizado espresamente para ello, cuando interviene por la vía del recuno de casación que autoriza la legislación local,
DICTAMEN DEL PROCUNADON GENERAL
Suprema Corte:
La sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Rioja desestimó el recurso de casación deducido por el demandado contra la sentencia de la Cámara 2° en lo Civil, Comercial, Laboral y de
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Año: 1976, CSJN Fallos: 296:734
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