Consideraron:
Que siendo necesario aclarar reglamentariamente el régimen de licencias por exámenes, establecido para agentes estudiantes en Acordada No 109/73.
Acordaron: .
Cuando en una misma Secretaría 0 dependencia judicial o administrativa del Poder Judicial se solicite el otorgamiento de la licencia reglada por el art. 34 del Régimen de Licencias, por dos o más agentes simultineamente, la autoridad competente para acordarla deberá escalonarlas de manera que no se perturbe el funcionamiento de la Secretaría o dependencia respectiva, Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspomtiente, por ante mí, que doy fe. Micur Axcrr Bengarz — MaxurL Anmauz Castex — Ensesto A. Convarán Naxcianes — Hécton MasNATTA. Arturo Alonso Gómez (Secretario).
Compartir
123Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1975, CSJN Fallos: 291:40
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-291/pagina-40¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 291 en el número: 40 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
