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Fallos: 29:154 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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gen, como tambien Jo afirman los peritos Coni, Casavalle y Rossi, la única defensa de los demandados consiste en que aquellas, como el título, les fué entregado por el supuesto Hernandez que contrató la edicion sorprendida, lo que impone al Juzgado la necesidad de estudiar, no solamente las pruebas producidas en su apoyo, sinó la verosimilitud del hecho, con arreglo á los demás antecedentes que obran en autos.

Octavo: Que tres son los testigos presentados por Barbieri hermanos para demostrar ese hecho, ú saber: Mantero (foja 154 vuelta), Gusi (foja 165) y Bargas (foja 166), pero admitiendo en hipótesis la verdad de él, no es una prueba concluyente de que Barbieri hermanos no hayan empleado los referidos clichés en otras ediciones, tanto mas cuanto que ninguno de los testigos determina en qué fecha los entregó el supuesto Hernandez, sobre cuyo punto guardan absoluto silencio los demandados. Agrégase ú esto que los tres testigos han sido dependientes ó empleados de la casa, lo que los hace sospechosos de complacencia, demostrándose fácilmente la falsedad en que ha incurrido el testigo Mantero al contestar la cuarta pregunta del interrogatorio de foja 149, pues afirma que José Hernandez llevó las viñetas, y que la del título « Martin Fierro» era de plomo en pedazos, cuando en seguida manifiesta que no cocía al mismo José Hernandez, resultando ser la referida viñeta de una sola pieza de plomo clavada en madera, como se descubre al simple exámen; y por último, que aún cierto el hecho tal como lo refieren los testigos, es de ninguna importancia mientras no se pruebe acabadamente que el supuesto Hernondez intervino sériamente en el acto, y nú para inducir en los empleados subalternos una creencia equivocada acerca de su personalidad en vista de la naturaleza del acto que se trataba de llevar á cabo.

Noveno: Que desde luego llama la atencion que en el con» trato presentado por Barbieri (foja 140) no se haya dicho una

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:154 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-154

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