número nueve, perfectamente idéntico al número cuatro, que como se ha dicho pertenece á lu edicion secuestrada en poder de Barbieri; segundo: en que son exactamente iguales los grabados 6 viñetas en los mismos, y por último, en que se encuentran las mismas faltas 6 defectos de fundicion en las letras R O, de la palabra Fierro del título principal de la obra, circunstancias claramente perceptibles aún para el que no es perito en el arte de imprimir, y que, por Jo demás, tampoco han sido desconocidas por los demandudos, Cuarto: Que si bien estos han pretendido esplicarlas, tratando de demostrar, respecto de la primera, por medio del informe pedido á dos peritos (véase foja 163), que es corriente que distintas imprentas tengan tipos absolutamente iguales; y respecto de las dos últimas, que las viñetas de las Jáminas y título de la obra le fueron entregados por un tercero, ya usados, los elementos de conviccion acumulados con tal propósito están muy léjos de ofrecer un resultado plausible, ni constituir prueba jurídica capaz de destruir ó desvirluar completamente las conclusiones del informe antes citado, En efecto, los peritos Buffet y Rodriguez, designados pur la parte de Barbieri hermanos, esclusivamente, establecen que no existen en el país sinó tres casas que reciben tipos de Europa en grandes cantidades, y dos que tambien pueden fundirlas en el país, concluyendo, que es posible que varias imprentas se surtan de la misma casa, y tengan por lo tanto iguales cuerpos de tipcs y ojo; pero á parte de que estos son hechos que no pertenecen al dominio de la apreciación pericial y que por consiguiente han debido ser comprobados por utros medios; que los peritos no dicen de qué manera les consta que efectivamente no hay mas que tres casas introductoras de tipos de imprenta, y que tampoco bun prestado el juramento de ley antes de declarar, su conclusion no pasa de una posibilidad hipotética ; todavía mas alejada de la probabilidad si se tiene
Compartir
81Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1885, CSJN Fallos: 29:152
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-152
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 29 en el número: 152 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos