DONACION.
La donación constituye un acto jurídico —por ende, voluntario- de esencia contractual. La "cesión gratuita" que se exige como requisito del otorgamiento de autorización administrativa para urbanizar y lotear una fracción de tierra, con destino a calles u otro uso público, es un acto impuesto o necesario, es decir, una restricción administrativa al derecho de propiedad.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Generalidades. , Ni el derecho de usar y disponer de la propiedad, ni ningún otro derecho reconocido por la Constitución reviste el carácter de absoluto. Un derecho ilimitado sería una concepción antisocial.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y Garantías. Derecho de propiedad.
Sí un propietario pretende autorización administrativa municipal para subdividir, con fines de urbanización, una fracción de tierra, la exigencia de "cesión gratuita" de una parte de ella con destino a calles u otro uso público constituye una carga u obligación legal impuesta por el Estado como condición necesaria para la efectivización del negocio de loteo. Ello es aplicación concreta de la función social de la propiedad y de las obligaciones que de ella derivan con fines de interés público.
PODER DE POLICIA.
Dentro del poder de policía del Estado deben considerarse incluidos no sólo la seguridad, moralidad y salubridad, sino también la defensa y promoción de los intereses económicos.
IMPUESTO A LOS REDITOS: Deducciones. Inmuebles.
El concepto o témino "donación" empleado por el art. 61, inc. j), de la ley 11.682 no tiene, en el régimen jurídico fiscal aplicable, una significación distinta de la que le corresponde en el derecho privado.
La franquicia prevista en la ley requiere una transferencia patrimonial gratuita, que no se configura cuando media un acto impuesto por la autoridad pública en ejercicio legítimo del poder de policía como condición para emprender un negocio con fines de lucro.
IMPUESTO A LOS REDITOS: Deducciones. Inmuebles.
La llamada "cesión gratuita" exigida por la Municipalidad de Rosario como requisito para autorizar la urbanización y loteo de una fracción de tierra no constituye una donación ni autoriza la franquicia impositiva prevista en el art. 61, inc. í), de la ley 11.682.
Cualquiera sea la denominación que le haya dado la norma, interesa para decidir el caso establecer la verdadera esencia jurídica económica de la institución.
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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:68
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