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Fallos: 287:412 de la CSJN Argentina - Año: 1973

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inversiones que efectúa la firma que económicamente le está vinculada en un mismo proceso de producción. El hecho probado de que Dunlop fue quien realizó la inversión en bienes del activo fijo necesarios para la producción de neumáticos, que tales bienes le pertenecen y a su cargo están los gastos de mantenimiento y riesgos, y que la empresa que los utiliza no los toma en consideración para deducirlos en sus propios balances, son circunstancias que conducen a considerar válida la conducta observada por la accionante, según se adelantó en el considerando 89.

Por ello, y por sus fundamentos, habiendo dictaminado la Procuración General en cuanto a la procedencia del recurso extraordinario, se confirma la sentencia apelada.

MicueL Ancer Byacarrz — Acustín Díaz Buster — MANUEL Anavz Castex — EnNESTO A, ConvarÁn Nanciares — HécTOR MasnNATTA.

JORGE AJURIA GUERRA —Suc— y Ornas
JUBILACION Y PENSION.
Salvo disposición expresa en contrario, las leyes que acuerdan menos o mayores beneficios previsionales sólo rigen para lo futuro. En consecuencia, las normas del decreto-ley 18,037/69 no se aplican para fijar el monto de una pensión, si el causante falieció en mayo de 1988 y la persión se solicitó en julio del mismo año. 7" adciluñs Le JUBILACION Y PENSION. " , El derecho del empleado que cesa 0 el de los deudos del que fallece se rige, como principio, por la ley vigente al momento del cese o del fallecimiento.


DICTAMEN DEL ProcURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario concedido a fs. 60 es procedente por haberse debatido la interpretación de normas federales y por ser la decisión definitiva del superior tribunal de la causa contraria al derecho que fundó en ellas la recurrente.

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-287/pagina-412

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