+ la Aci de las costas del juicio de acuerdo con la jurisprudencia de Fallos: 255:344 : 268:325 : 271:116 : 276:186 , 301 y 345, Que, en tales condiciones, las garantías constitucionales invocidas no guardan relación inmediata y directa con lo decidido, Por ello, + lo dictaminado en sentido concordante por el Señor Procurador General. se desestima la queja. Dechirase perdido el deposito de Es. 1, Enano A. Orriz Basuaroo — Ronento E. Cuure — Luis Canos Crea > Mancarira Ancúas.
ASOCIACIÓN VIAJANTES 06 INDUSTRIA y COMERCIO
v SACLF, DE AMBROSI-LAMERA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requísitos propios. Cuestiones no federales. Inter¿retación de normas y artos comunes.
No procedo e recuno estracrdinario contra el fallo que atribuye efecto The ratorio al quee de aportes y contribuciones em destino 4 obra sociil wstipahubs por convencion eslertiva. abonados por La demandada —previs conenita 4 has autoidules mfininietrativas— a uma de las aeiaciones representativas de los vapintes ¿de comercio en comilicto. Ao que se agregs que la sentencia deís a sido A desa de Lo entidad uremial actora 4 repetir dichos aportes E Dicianes 111. Procumnos Fiscur mrora Conte SUPrEva Suprema Corte:
Las impugnaciones constitucionales que el apelante de fs. 127/ 132 formula contra Las resoluciones 17/08 y 38268 obrantes a fs. > 34 7 del expediente administrativo agregado, no guardan relación di recta con las raizones sobre cuva base el a que resolvió que el reckmo de La actora no puede ser enderezado contra la empresa aquí deman «dada.
Dichas razones son suficientes, en mi concepto, para fundar la emtencia de Es, 123, y la mera alegación de su presunto error no susci
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Año: 1972, CSJN Fallos: 282:458
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