«ans de decision implicita no precede admitir el recurso estraordinario fundado en la omisión de puntos comprendidos en la litis, Me inclino, pues. por el rechazo de la apelación intentada 41 fs.
147. Buenos Aires, 17 - abril de 1972. Oscar Freire Romero, 
FALLO DE EA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de mavo de 1972. 
Vistos los autos: "Lopez, Antonio ¿Domingo P. Vespasiani SAC y Ej dif. de haberes".
Considerando:
1 Que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, si bien admitió la procedencia formal del recurso de casación deducido por la demandada contra el fallo de la Cámara Tercera del Trabajo de E. 112 118, lo desestimó a Es, 144 146.
2" Que contra aquel pronunciamiento se interpuso recurso extraordinario, concedido a Es. 152.
3 Que la apelación se funda en la arbitrariedad que el recurente atribuye al fallo del tribunal a quo porque, a juicio de aquél, la decisión adoptada no se vincula con la cuestión debatida y carece de suficiente sustento normativo.
4) Que esta Corte, compartiendo la opinión del Señor Procurador Fiscal, considera que la impugnación que se formula no es admisible, ya que de los términos e pronunciamiento apelado se desprende que el a quo, con fundamento en lo resucko en las cau+35 que cita —agregadas en testimonio 4 fs. 171 184— ha aplicado en la especie "sub examen" la doctrina establecida en aquellos precedentes. Llega así a la conclusión de qué si por imperio de lo dispuesto en el art. 34, inc. 39, de la ley 14.455, incumbe a las autoridades administrativas resolver los casos de encuadramiento sindical, ello es así cuando está en juego la protección y defensa de los derechos sindicales que involucran intereses de carácter público, y ho cuando, como ocurre en el caso, se ha planteado un conflicto individual entre patrón y obrero. en cuyo supuesto la justicia puede in
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Año: 1972, CSJN Fallos: 282:451 
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