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Fallos: 28:39 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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de Roma, los Galos pidieron la entreza de lus Fabios que los habían atacado, y el pueblo Romano, la de Anibal, En los tiempos modernos todo se ha modificado. Las relaciones frecuentes entre los pyeblos, enyas distancias ha suprimido la cioncía; el perfeccionamiento de la lejistacion en todos, han eremdo intereses, derechos y obligaciones diversas. El mismo progreso, facilitando la perpetración de los crimenes y la evasion de los eriminales, ha hecho sentir á las naciones la necesidad de defemierse contra lo que Rontsen lamava en la Tribuna francesa /a ubicuidad del crimen.

he ahi la multiplicacion de los tratados, ruya iniciativa, como otras tantas, corresponde 4 la Francia. No hay ya Nacion que no los tenza, ú DE esté dispuesta 3 colebrarlos, siendo dirno de notar que cada nueva estipulación aumenta el número de los crímenes y delitos que autorizan la entreza. En este camino, en un porvenir no muy remoto, observa un eminente pensador, se habra realizado la aspiración de Bevaria, + La perresacion, dice el ilustrado autor de los Delitos y las Penas, de no envontrar smbre la tierra Ingar alyuno en que el erimen pueda quedar impune, sería el medio mas seguro de prerevirlo. + Aun mas, no falta quienes piensen que la solidaridad, cada vez mas estrecha entre las naciones, hará innecesarios estos tratados, pues que bastarán á reemplazarios las leyes interna de cada una, Resulta de esta lijera esposicion, que en el estado actual de las relaciones internacionales, el derecho de asilo ha dejado de existir, y «que la proleccion que una nacion ofrece á los que habitan si suelo, nacionales ó estranjeros, que hasta cierto punto lía venido á smstítuirlo, se debilita día á día, y acabará al fin por desaparever, Resulta asimismo, que si nña nación puede entrezar los eriminales asilados ey su territorio, en virtud de una estipulacion espresa, lo puede tambien, aunque tal estipulación no exista; en una palabra,

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-39

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