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Fallos: 28:297 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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habiendo Valdez cumplida lo estipulado en" aquella. Treloar inteió mevamente el procedimiento de apremio (loja ciento cinco), ron enyo motivo Valdez, al ser requerido ron el- enrrespondiente mandamiento, expuso: que de conformidad con dos contratos ¡e que procedia el presente juicio y de acuerdo con las Ordenanzas de Mihás, ofrecía al Se. Treloar la-minas Upulimiros: y el establecimiento de fundicion denominado + Progreso». para que los trábaje y se reomholse de la suma qué le debía, lo'eñal Mé aceptado por

Primera. Que se le diese la administración de dichas minas y us tablecimiento, poniómdusole un la posesion formal de ellos con todos als enseres y demos acvesorios, bajo lormal inventario, y se motifiE XIX . El

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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:297 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-28/pagina-297

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