el ancla, embarcámbose en seuida porque el buque había trmaio su velocidad uatural; ron todas las demas especificaciones que con tionon dirhas deslaraciones Y las presuntas hechas por la parto contraria.
A loja 121, presentao tambien la Etraducrimo de lus asientos de Ins días 31 de Marzo y 1 de Abril del libro de A bordo, Herado en toda regla, de los cuales consta, que el -Providenza- varó en uno orilla del bageo Ortiz, «que Unmó vo so anvile al Patrivla". á las cnalro p.m. del 48 de Marzo: que quedó a disposicion del. -Pravidemens, por lo que pudiera sureder: que las dos principales de los buques, convinieron que en Memos Vires sepia ¡memo que mulio de árbitros, el importe del tiempo que pordiese ei Patriotas y que en emo que el -Providenza- nu ¡nnliese salir de la varadura, Él romenia que eolebráron y que suscribió el capitan del + Providenza-, carre a fujas, -. Y Considerando: 1 Qué la pruebe producnda por la porte del capitan Jones, en Montevideo, en los días 28 y 24 de Diciembre ales INSI y 4 de Enero de 1886, uferente alos testigus Larka, Pasenal y Williams Wikkens, y el informe del Capitan General del puerto de Montevideo, es invlieaz, por balerto sido fuera del término ordinario de los treinta días, con mas lus correspumtientes a la distan ría de esta á aquella ciudad, sezun sé patentiza por el cómputo de los uJías habiles, deductómbnse las en que estirva sitspensa la priveba. Y pues, la parte que la solicitó no pidió término estraordinario, aceptando espresamente la ineficacia de dicha proeba, si no Mera producida en el Wrmino ordinario, segun está tambien estalilerido por el anto ejeentoriado que se dictó á su favor, corriente á foja 6, Neue sis agrega, que aun riando hubiera sido vip término tiahil,
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Año: 1885, CSJN Fallos: 28:147
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