FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
AÑO 1968 — MARZO
S. A. BANCO POPULAR DE LA PLATA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones mo jederalos, Interpretación de mormas locales de procedimientos, Casos varios.
No procede el recurso extraordinario contra In sentencia «ue denicgn el pedido de que sg promueva cucelión de competencia por inhibitoria, prineipio al que no obsta la eireunstancia de que dicho reeurso se fundo en que lo resuelto comporta denesatoria del fuero federal (1).
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JUAN CARLOS MILBERG —sucesióN— v, PROVINCIA ps SANTA FE
HONORARIOS: Regulación.
Si bien en el trámite sumario de la regulación de honorarios profesionales no deben admitirse. como principio, excepciones previas quo cuestionen el derecho a percibírlon, cabo no obstante el planteo de In.defensa de preseripción porque, en cazo de prosperar, resultaría imoficioso proceder a regularlos (2). .
PRESCRIPCIÓN: Tiempo de la prescripción. Materia civil. Prescripción bienal.
Si los honororios no han sido rogulados, el plazo de prescripción cs de dos años —ine. 1" del art. 4032 del Código Civil—.
BANCO DE La NACION ARGENTINA
BANCO DE LA NACION. .
La norma contenida en el art. 24, apartado a), del decreto-ley 14.950/46, reiterada en el art. 18, aparlado b), "del deereto-ley 1329/57, por la quo se autorizó al Banco ds la Nación paro adjudienrio bienes en defensa de sus créditos —en el caso un ingenio arucarero— no importa extender la exención impositiva a que refiero el art. 31 de In carta orgánico al impuesto a las ventas, de modo que la comercinlización de los productos del esteblecimiente —que compiten con la actividad privada no exenta— pueda 1) 19 de marzo, Fallos: 242:420 ; 247:558 ; 248:44 ; 251:479 , 2) 6 de marzo, Eo o PL CC CP LP] CR CT l—;——.; ;ETTT—;—;—];][C———.——]—]¡ —]