Ena instancia ante la Suprema Corte, los demandados hicieron presente que el cajon estraviado habia tenido entrada 4 deposito en la Aduana, donde se estravió, encontrándose despues en un pozo, sin mercaderías.
La Suprema Corte pidió informe al administrador de adnana, quien remitió el siguiente
INFORME DE LA ALCAIDIA
Buenos Aires, Enero 77 de 1884.
El año de 1882, eu el mes de Febrero, descargando por el muelle de esta aduana la lancha «Huascar» de los Sres. Vicente Casares é hijo (vapor «Canadian»), se estravió un cajoncito marca (C. B. H. A. N" 7872). No constando su entrada á depósito, sin embargo que los dichos señores sostenian haber entrado al patio de la aduana, se hicieron las mas activas diligencias, pero sin resultado, hasta Octubre del año próximo pasado en que, por una conversacion entre los peones se vino á encontrar el cajon (sin contenido) en un pozo que existía en el depúsito «bóveda del patio» y del cual no tenía conocimiento alguno esta Alcaidia. El cajon, con los antecedentes del asunto, se pasaron por la administracion al Sr. Juez Dr. Don A.
Ugarriza, en cuyo Juzgado debe existir, habiéndose mandado archivar el espediente por dicho Sr. Juez.
A. Valdez Rosas.
Fallo de la Suprema Córte Buenos Aires, Febrero J4 de 1885 Vistos: resultando del precedente informe que el cajon de mercaderías estraviado, materia de la presente cuestion, tuvo
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:448
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