CAUSA CXXII
Don Miguel Casbas, contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires ; sobre cumplimiento de un contrato.
Sumario. — El contrato de venta hecho por el mandatario, sin reserva por parte del mandante, de aprobarlo ó nó, se balla concluido, y debe llevarse á cumplimiento, Caso. — Se comprende por el Falle del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 7 de 1883.
Vistos estos autos seguidos por Don Miguel Casbas, contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sobre cumplimiento de un contrato é indemnizacion de daños y perjuicios, de los cuales resulta:
Primero, — Que con fecha 27 de Abril del corriente año se presentó Casbas al Juzgado esponiendo: que segun el boleto de venta que acompañaba (f. 2) compró á los Martilleros Montes de Oca y Salas, el mes de Diciembre de 1877, en remate público
Compartir
41Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1884, CSJN Fallos: 27:364
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-364
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 27 en el número: 364 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos