14. El eomiso de las mercaderías y las multas aplicadas por infracciones adusneras —en el enso, contrabando—, son de carácter penal, por lo que no procedo el reeurso ordinario de apelación contra la sentencia de la Cámara Federal que las impone: p. 457.
15, Procede el recurso ordinario de apelación en tercera instancia contra las ventencins de las Cámaras Nacionales, en las enusas por delitos económicos cuando el monto de la sanción pecuniaria supera el límite fijado por el art. 24, me. 6", ap. 8), del decreto-ley 1285/58, modificado por la ley 15.271 (Voto de lus Doctores Roberto E. Chnte y Marco Aurelio Risolía): p. 457.
RECUSACION.
1. La recusación fundida en el juramento prestado por los jueces de la Corte Suprema es manifiestamente improcedente: p. 164.
REGLAMENTACIÓN DE LEYES COMUNES.
Ver: Constitución Nacional, 38.
REGLAMENTACION DE LOS DERECHOS.
Ver: Constitución Nacional, 28; Recurso de amparo, 9.
REGLAMENTACION DE LOS PODERES.
Ver: Derecho de huelga, 2.
REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL.
Ver: Recurso extraordinario, 47; Superintendencia, 2,3.
REMATE.
Ver: Recurso extraordinario, 162.
REMISION DE AUTOS.
Ver: Jurisdicción y competencia, 31; Perención de instancia, 1.
REPARTICIONES AUTARQUICAS.
Ver: Jurisdicción y competencia, 14, 15.
REPETICION DE IMPUESTOS (').
1. Si hien, con arreglo a lo dispuesto por los arts. 74, 75, ines. b) y e), y 76 de la ley 11.683 (T. O. 1960), es necesaria In reclamación administrativa posterior al pago para la procedencia de la ulterior neción judicial, ello no obsta a que la netora, que eumplió con la reclamación administrativa por los años 1953 2 1058, incluya en la demanda los pagados por el año 1959, toda vez que el Fiseo no dio respuesta alguna a aquellas reclamaciones: p. 319.
1) Ver también: Constitución Nacional, 43: Recurso extraordinario. 146.
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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:601
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