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Fallos: 264:495 de la CSJN Argentina - Año: 1966

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MULTAS.
Ver: Aduana, 1; Fianza, 1, 2; Impuesto a los réditos, 1; Jurisdicción y competencia, 5; Recurso extraordinario, 29, 55, 158; Recurso ordinario de apelación, 4.

NACION.
Ver: Abastecimiento, 1; Jurisdicción y competencia, 17; Recurso ordinario de apelación, 3, 4; Tierras públicas, 1.

NAFTA.
Ver: Comtitución Nacional, 44; Recurso extraordinario, 205.

NEGLIGENCIA.
Ver: Reeurso extraordinario, 88, 148.

NOMBRE COMERCIAL (').
1. Corresponde confirmar la sentencia que hace lugar a una demanda por cambio de nombre por considerar confundible la expresión "Libropol" por el vocablo "Librecol", usado con anterioridad por la actora para distinguir su establecimiento y, además, registrado como marea a su favor: p. 330.

NOTIFICACION.
Ver: Recurso extraordinario, 81, 84, 117, 125, 151.


NULIDAD DE SENTENCIA.
Ver: Recurso extraordinario, 90.

NULIDAD PROCESAL.
Ver: Reeurso extraordinario, 84, 99, 116, 113.

o

OPCION.
Ver: Locación de cosas, 1.

Ver: Jurisdieción y competencia, 22; Pago, 1; Recurso extraordinario, 61; Retroactividad, 1.

1) Ver también: Recurso extraordinario, 127.

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:495 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-264/pagina-495

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