he sido ni soy accionista con capitales propios; no podía negarme aesta ciremstancia por cuanto Me encontraba sin empleo y 1everme a ello Cintervino en las asambleas) motivaría probablemente la pórdida del mismo" (Es. 106). °° Declaro que en SA.D.A.
S.A. y en Dentz Argentina S.A. Mi prestanombre de Jorge Antonio habiendo recibido de él la orden de netuar en tal sentido y teniendo yo la obligación de aeatarla en mi carácter de empleaee" (Fs. 110). °Por qué entisa fienra en libros rubricados de Talleres Giiemes S.A. como poseedora de min 1.000.000 en acciopes de la serie primera, Contesta: °°por 1 pedido personal «el Se Jorge Antonio quien le solicitó prestara si nombre para formar la sociedad anónima mencionada, ignorando el capital y el número de acciones que le iban a corresponder" (Is. 116).
Del mismo impresionante tenor so las declaraciones que se prestan por diferentes testaferros en el Agregado 6 y en el Agreemo 7 (Es, 184 366).
19) Que de esta prieba testimonial, vinculada con las escrituras, informes, netas de asambleas, balances, ete, resulta una «imación evidente que obligaba al reenrrente a probar lo que úl pretende que son ingresos legítimos, 209) Que insiste el apelante en la supuesta contradicción entre lo que se restelve en relación a Jorge Antonio y lo que se ha decidido respecto a varias sociedades a las que se les ha levantado ja interdieción (fs. 1154 1157).
No corresponde, en esta eatisa, analizar la situación de las sociedades que en str momento aparecieron implicadas dentro del ámbito del deeroto 5148-55, pero cabe expresar que nada impide une, Frente alas soñaladas maniobras de Jorge Antonio, se considere ilícito el enriquecimiento que permitió el ingreso de hienes cuantiosos a ti patrimonio partientar, mientras la situación de las caciedades, se analice bajo otros aspectos que aquí no están en discusión, El régimen legal de la sociedad, el reconocimiento de su perconalidad, lo que la doctrina legal admite, hace que no obstante que se pueda °evantar el velo" que eubre la misma, según la reliz expresión de SEnier. a fin de ver lo que se oculta tras ellas, a veces se presenten dificultades para establecer la verdad.
Pero, en este enso, y afortunadamente, las pruebas, documentos, indicios, presunciones, testigos y la propia conducta de Jorge Antonio, permiten, sin duda, llegar a la convieción de que Al se ha enriquecido violando las leyes y los principios éticos.
219) Que a pesar de si nota de Ys, 22 (Agregado 1), dirigida al Presidente de la República, en la que ofrecía su amplia información, según es notorio, Jorge Antonio escapó de la cárcel, mien
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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:265
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