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Fallos: 263:263 de la CSJN Argentina - Año: 1965

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en los directorios, en las asambleas, ete. y que sobrepasan el número de 180, de acuerdo con el detalle que corre agregado a

ETS
"titro factor importante, lo constituía el Estudio Coire, eneahezado por su titular Dr. Francisco Coire, quien tenía a su carzo todo lo relacionado con el asesoramiento: Contable, Jurídico e Impositivo del "Grupo", "No carecen de interés, como dato ilustrativo, las diversas razones que impulsaron a los prestanombres a figurar en calidad de tales enla organización; examinando las declaraciones, podemos agrupar las mismas en la siguiente forma:

1 — A requerimiento de las personas de jerarguía del "Gripo" y con sti consentimiento: Atilio Gómez y Antonio Carballido, entre otros.

> Prestanombres con endosos en blanco, con garantía de contradoemientos : Cándido Manzanelli entre otros.

Y — Prestanombres que desconocen su inclusión, por no habérseles proporcionado información: v. g. Juan E. Amboldi, Carlos José Alonso, Rodolfo Baldorini, Gustavo Dietrich Borchardt, Antenio María Carballido, Elvio HI. Romeo, Lázaro Fernando Romeo, ete.

4 — Prestanombres con contradoenmentos: por ej, Erika Inwerhord de Jensen, Carlos Alberto Lagos, Luis Oscar Bomhaglio.

5 — Personas que desconocen haher sido incluidas: v. gr. Pedro Adolfo De Elías, Agustín Bessero, entre otros.

Y — Prestanombres obligados: v. gr. José Leivas, José Pedro Ortelli, Augusto F. Bello, Carlos Julio De Gaudenci, 7 — Proveención de situaciones para favorecer futuros planes de Jorge Antonio: v, gr. Julio Marcos Roth, Fiéctor Beltrán Sahasquet, Osenr Pedro Fonrquet.

8 Dividendos «ue no percibieron a pesar de extender recibo de cobro: Jorge Luis Solá y Jorge César Ballestrasse, entre eiros.

Tal sería el panorama que 10s presentaría la organización del "Grupo Jorge Antonio", con respecto a la parte accionaria del mismo, que podría restmirse en el signiente cuadro... (1).

189) La intervención de prestenombres, que disimulaban la eetuación de Jorge Antonio y han servido para ocultar sus mariobras, no surge de simples indicios y presunciones, sino de las declaraciones de los mixmos, muchos de los enales no vacilaron, cenando debieron enfrentar la justicia, en poner de manifiesto

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:263 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-263/pagina-263

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