arbitraria la separación del empleado dispuesta por la administración, Por cello, y lo dictaminado por el Señor Procurador General, «e revoca la sentencia apelada en lo que pudo ser objeto de recurso extraordinario.
AsistónvLo D. Añíoz De LAMADRID — Ricanno CoLoMBRES — ESTEBAN Imaz — Amít.car A. MERCADER.
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RAFAEL ROCA BENAVENTE
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Causas erimimales.
No procede el recurso ordinario de apelación ante la Corte Suprema en una causa sobre extradición, en cuanto no se aleguen concretos agravios contra la sentencia del Tribunal de grado, pues la existencia de gravamen es recaudo neeesario para la procedencia de la apelación. .
ENXTRADICION: Extradición con países extranjeros. Generalidades.
La extradición con países extranjeros entraña una cuestión de carácter y trascendencia internacional (Voto del Dortor Carlos Juan Zavala Rodríguez).
TRATADOS.
Lo atinente a la interpretación de un tratado internacional es, como principio, de rompetencia de la justicia federal (Voto del Doctor Carlos Juan Zavala Rodríguez).
EXTRADICION: Extradición con países extranjeros. Procedimiento.
El procedimiento de extradición no reviste carácter de juicio criminal ni implica pronunciamiento sobre la culpabilidad o inenipabilidad del sujeto requerido (Voto del Doctor Carios Juan Zavala Rodríguez).
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Causas criminales.
Con arreglo al art. 3, ine. 4, de la ley 4055, procede el recurso ordinario de apelación -ante la Corte en una enusa sobre extradición, aunque la sentencin apelada se pronuncie de conformidad a lo pedido por el Fiscal de Cámara, toda vez que su decisión requiere In valoración de circunstancias que hacen a las relaciones con otros países (Voto del Doctor Carlos Juan Zavala Rodríguez).
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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:409
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