CAUSA XLYV
D. Juan Poggi contra el Teniente Coronel D. José Antonio Salas; sobre cobro de pastajes.
Sumario. —° El autor de una órden en virtud de la que se han introducido animales al campo de otro, es responsable — del pagodel pastaje consumido por los mismos.
27 El demandado que se ha opuecto injustamente á la demanda, debe pagir las costas del juicio de $° instancia.
3 El apelante que no justifica los principales capítulos de su apelacion, debe pagar las de 2° instancia.
Caso. —Se refiere en el .
Feito del Juez Federal Mendoza, Mayo 4 de 1882.
Vistos estos autos seguidos por D. Juan Poggi contra el Comandante de Fronteras de esta Provincia, Teniente Coronel D. José Antonio Salas, por cobro de dos mil pesos fuertes, pro
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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:456
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