CAUSA XxV Criminal, contra Juan Cárlos Feriolí (a; Juan Giordanello:
por circulación de moneda falsa de plata, de curso legal en la República.
Sumario. — El reo de circulacion de moneda falsa de plata, de curso legal, con la cirennstancia atenuante de la poca cantidad circulada, es castigado con la pena de cuatro años de trabajos forzados y multa de seiscientos pesos.
Caso. — Se hulla referido en el siguiente Falle del Juez Vederal Buenos Aires, Octubre 26 de 1883 Y vistos estos autos seguidos á Juan Cárlos Ferioli, por circulacion de moneda falsa, de los cuales resulta lo siguiente :
1 Que á las ocho de la noche del dia 22 de Abril último, el acusado Ferioli se presentó en el almacen de.D. Agustin Viale, calle de Chile esquina á la de Saraudi, y pagó un atado de cigarrillos, que compró, con una moneda de 50 cent. nacionales;
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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:352
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