eolchon las monedas que hacia circular, y que ignoraba fueran falsas.
Lo primero, está desmentido por el testimonio de D° Luisa Monti y D. Domingo Falsoli, que declaran que el procesado cambiaba monedas falsas antes de la noche en que dice haberlas encontrado.
No basta, por otra parte, decir que ignoraba que fueran falsas. El afan con que se empeñaba en hacerlas circular, comprando objetos que no necesitaba, prueba lo contrario. Nada sería mas cómodo que esta facilidad para lavarse las manos en la perpetracion de hechos criminales. La presuncion natural es que cada uno sabe lo que hace, y no puede admitirse lo contra» rio, sin una prueba evidente que lo destruya.
Pido, por todo esto, la confirmacion de la sentencia recurrida.
Eduardo Costa.
Fallo de la Corte Suprema Buenos Aires, Marzo 11 de 1884.
Vistos: por sus fundamentos, y de acuerdo con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General, se confirma, con costa=, la sentencia apelada de foja cuarenta y nueve. Comuníquese al Poder Ejecutivo y devuélvanse.
d. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. — 5, M. LASPIUR.
—— ERAS E"e"cio
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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:355
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